martes, 7 de junio de 2011

COMUNICADO DE LA COMISIÓN LIQUIDADORA

Comisión Liquidadora del Programa de Propiedad Participada de
Telecom Argentina S.A.

Av. Corrientes 2565 P8º Of 1 CP.:1046   -Tel. (011) 49517151 Fax.: (011) 49521971



COMUNICADO DE LA COMISIÓN LIQUIDADORA SOBRE DISTRIBUCIÓN PARCIAL Y ACUERDO CON RETIRADOS.


Distribución parcial de acciones del F.G.R. entre accionistas activos.

El día 24/05/2011 se han presentado en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dos  oficios judiciales comunicando la orden de distribuir entre los accionistas activos, las acciones que se encuentran libres de embargo en el Fondo de Garantía y Recompra.

Sin perjuicio de que aún existen cuestiones pendientes de resolución judicial o acuerdo con los accionistas retirados, lo cierto es que se ha ordenado judicialmente distribuir las acciones del Fondo de Garantía y Recompra que se encuentren libres de todo embargo, y dicha resolución ha sido consentida por las partes involucradas, sin objeciones, a fin de que logre concretar su cometido.

La orden ya fue notificada al Banco Ciudad de Buenos Aires, quién debe ahora comunicarle a Caja de Valores S.A. para que proceda a efectuar las respectivas transferencias a las cuentas de “Mandatos PPP S.A.” y de los “Dres. Bermann / Volper” por un total de 8.407.169 (ocho millones cuatrocientas siete mil ciento sesenta y nueve) acciones.

Actualmente el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, está solicitando información adicional sobre los padrones de accionistas activos, a fin de concretar las transferencias.

Cabe recordar que para el PPP son accionistas retirados los trabajadores que habiendo participado del Programa de Propiedad Participada, dejaron de ser empleados (por cualquier causa, renuncia, despido, jubilación, fallecimiento, etc.)  de Telecom antes de Mayo de 2000, y por consiguiente debieron revender sus acciones. El resto de los participantes, que mantuvieron su condición de empleados dependientes de Telecom hasta Mayo de 2000, son considerados accionistas activos.


“Mandatos PPP S.A.” y “Dres. Bermann/Volper”.

En la distribución de estas acciones se ha excluido a los accionistas activos representados por la Dra. Zabala y el Dr. Cichelli en tanto sus liquidaciones han sido ordenada en forma separada conforme a los acuerdos suscriptos con cada uno de ellos, y por ello se han ordenado únicamente dos transferencias:

Una de ellas a la cuenta indicada por Mandatos PPP S.A., para que éste proceda a distribuirla entre sus mandantes de conformidad al mandato que cada accionista le haya firmado a de dicha sociedad; y la otra transferencia, a la cuenta indicada por los Dres. Bermann y Volper, quienes representan por un lado a los accionistas que le otorgaron mandato, y por otro lado también representan a todos aquellos accionistas activos que no hayan otorgado poder a ningún otro abogado, puesto que ese es justamente el efecto de la “acción de clase” iniciada por ellos. Los referidos letrados, efectuarán la distribución entre sus poderdantes conforme a los mandatos recibidos, y entre aquellos que representan por efecto de la “acción de clase”, lo harán conforme a lo decidido en la Asamblea, que fuera homologado judicialmente.

Entendemos que en su oportunidad, cada mandatario deberá comunicar a sus representados mayores detalles sobre la operación, sin perjuicio de lo cual, cabe aclarar lo siguiente:

-       La distribución se hará en forma proporcional a la cantidad de acciones que cada accionista tenía registradas en el padrón utilizado por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la liquidación del programa en el mes de Mayo de 2000.
-       Esa proporcionalidad será utilizada para esta distribución parcial, así como la que pudiera existir de dividendos, o las posteriores que se realicen en acciones.


Acciones clase “C” y su conversión.

No obstante todo lo expuesto, debemos aclarar que la transferencia se realiza en acciones clase “C”, que no tienen cotización bursátil.

La conversión a clase “B” –que son justamente las que cotizan en la bolsa de comercio- ya ha sido decidida y aprobada por la Asamblea de Telecom Argentina S.A., quien ha delegado en el Directorio cumplir los pasos necesarios para completar la misma.

Desde los expedientes judiciales donde tramita la distribución, se ha solicitado a Telecom Argentina S.A. que complete la conversión, y ello se encuentra en pleno proceso de ejecución.


Dividendos.

Sin perjuicio de lo explicado hasta aquí, se ha ordenado también una distribución entre los accionistas activos, respecto de los dividendos del período 2010 que ingresaron en el año 2011, en tanto no hayan sido afectados al pago de ninguna deuda.

El ingreso de los dividendos permitió que no haya sido necesaria la venta de ninguna acción del F.G.R. para enfrentar las deudas del programa, y en la medida que siga existiendo efectivo, las deudas se abonarán preferentemente de esa manera.

Ahora bien, no obstante ello, se ha presentado una propuesta conjunta para conformar un fondo de contingencias que permita abonar todas las deudas del programa, y efectuar una distribución de dividendos entre los accionistas activos. Se ha ordenado ya la transferencia de los importes resultantes a los respectivos mandatarios, como se ha indicado precedentemente, y se seguirá igual solución que para la distribución de acciones.


Acuerdo con los retirados. Próximos pasos.

Si bien el resto de las acciones del F.G.R. aún están afectadas por medidas cautelares (embargos preventivos) ordenados principalmente en expedientes iniciados por los Dres. Pablo Corti, Leonardo Gilleta y mayormente por el Dr. Jorge Guiñazú; que representan a accionistas retirados en diversos juicios iniciados contra el programa, lo cierto es que el días lunes 06 de Junio de 2011 se celebró una audiencia con el Dr. Guiñazú en su carácter de iniciador de la acción de clase de accionistas retirados, caratulada “Arévalo”.

En dicha oportunidad, se ha suscripto un acta que establece de manera precisa la aceptación de la propuesta conciliatoria por parte del Dr. Jorge Guiñazú en su carácter de iniciador de la acción de clase “Arévalo” donde se encuentran representados la totalidad de los accionistas retirados. Allí se ha previsto el levantamiento de la totalidad de los embargos que mantenía el referido Dr. Guiñazú y su compromiso de instar asimismo el levantamiento del resto de los embargos anotados por otros representantes de retirados, para proceder así finalmente a la distribución del resto de las acciones del F.G.R.

Es aventurado prever fechas y plazos, puesto que son muchos los trámites necesarios para cumplimentar lo acordado, mas lo cierto es que una gran parte de la maraña judicial que mantenía embargado el programa se ha ido solucionando con los acuerdos suscriptos y su actual ejecución, lo cual permitió la distribución parcial ya ordenada. Asimismo, con el acuerdo arribado con el Dr. Guiñazú el día 06/06/2011 se comienza a transitar el camino hacia concluir la más importante porción de los conflictos judiciales trámite y sus embargos.

Si bien subsisten juicios y embargos sobre las acciones del F.G.R. (principalmente ahora por el Dr. Pablo Corti y el Dr. Leonardo Giletta, entendemos que estos logros resaltan la importancia del camino recorrido, y estamos convencidos que lograremos concretar la distribución de las acciones entre los compañeros accionistas, después de todos estos años.

                                                                                   Buenos Aires, 06 de Junio de 2011.


Comisión Liquidadora
Vito Di Leo
Omar N. Pérez
Claudio Omar Mignini
Daniel Sánchez
Roberto J. Catalano